LEGISLACIÓN Y NORMATIVA SOBRE CONVALIDACIONES:
Son únicamente objeto de convalidación los módulos profesionales de los ciclos formativos de Formación Profesional del sistema educativo, que están establecidos en la Orden de 20 de diciembre de 2001 , en la Orden ECD/2159/2014 , de 7 de noviembre, así como en los Reales Decretos de títulos publicados posteriormente a esta última orden citada.
Estas convalidaciones entre las resuelve directamente la dirección del centro educativo donde el solicitante esté efectivamente matriculado y conste su expediente académico.
En caso de que el solicitante aporte estudios universitarios u otras enseñanzas de planes extinguidos de formación profesional del sistema educativo, el centro educativo las remitirá al MECD (ministerio de educación) para su resolución.
Herramienta de convalidaciones y transversalidad del Ministerio de Educación
SOLICITUD DE CONVALIDACIÓN
¿Qué documentación hay que presentar?
Modelo de solicitud:
-En el caso de poseer otro ciclo formativo LOGSE o LOE o Certificado de acreditación de competencias profesionales, se presenta el siguiente modelo .
-En el caso de F.P. antiguas o de títulos universitarios, se presenta el siguiente modelo .
Se rellena indicando la denominación de los módulos profesionales (asignaturas) para los que solicita la convalidación y se aporta original o fotocopia compulsada de alguno de los siguientes documentos:
* En el caso de convalidación de FOL de ciclos cursados LOGSE con un ciclo LOE, se tiene que aportar además de la certificación, una fotocopia compulsada de un curso de prevención de riesgos laborales nivel básico, ya que el módulo de FOL en los planes LOGSE no incluía esa formación.
¿Dónde se presenta la solicitud?
En el centro docente donde esté matriculado el alumno.
¿En qué momento se solicita la convalidación?
El alumnado presentará la solicitud de convalidación antes del comienzo del curso escolar oficial, con la matrícula.
Excepcionalmente, cuando la matriculación se efectúe en fuera del período de matrículación y ya esté comenzado el curso, la solicitud se podrá realizar en el momento de hacerse efectiva dicha matriculación, no siendo en ningún caso superior a los siete días hábiles desde dicha fecha.
CONSIDERACIONES GENERALES A TENER EN CUENTA:
Los módulos profesionales que hayan sido previamente convalidados no podrán ser causa de una nueva convalidación con otros módulos profesionales.
Los módulos profesionales convalidados se calificarán con un 5, a efectos de obtención de la nota media.