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FP Presencial » Exención módulo FCT/FFE
FP Presencial
Exenciones de prácticas/Formación en empresa

 

 

Exención FCT Formación en Centros de Trabajo - LOGSE / Exención FFE Fase de Formación en Empresa - LFP

 

Requisitos y tipos de exenciones

 

Requisitos: Acreditar una experiencia laboral mínima de un año a tiempo completo, o su equivalente, que se corresponda con la formación cursada. A estos efectos se podrán aportar la experiencia laboral de los cinco años anteriores.

Tipos de exenciones: Se podrá conceder una exención total o parcial, atendiendo a las tareas profesionales desempeñadas por la persona en formación y su grado de coincidencia con los resultados de aprendizaje asignados al periodo de empresa u organismo equiparado.

 

Se adjuntará solicitud y documentación justificativa según los siguientes MODELOS:

 

 Exencion FCT Formación en Centros de Trabajo (CAE y Dietética) 

 

  Exención FFE Fase de Formación en Empresa ( Resto de ciclos) 

 

Documentación para justificar la experiencia laboral

 

a) Para trabajadores o trabajadoras asalariados:

1.º Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social, donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el período de contratación.

2.º Contrato de trabajo o certificación de la empresa donde hayan adquirido la experiencia laboral, en la que conste específicamente la duración de los periodos de prestación del contrato, la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo en el que se ha realizado dicha actividad.

b) Para trabajadores o trabajadoras autónomos o por cuenta propia:

1.º Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina de los períodos de alta en la Seguridad Social en el régimen especial correspondiente.

2.º Descripción de la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que se ha realizado la misma.

 

Plazo: Desde el momento de formalización de matrícula hasta un mes antes de la fecha prevista para el inicio de la formación en empresa u organismo equiparado.

 

La persona titular de la dirección del centro educativo resolverá de acuerdo con la documentación aportada por la persona solicitante y la valoración que realice el equipo docente del centro, una vez que se hayan cumplido los requisitos para acceder a dichas prácticas.

Información sobre exención en la web de educación de la Junta de CyL        clickaqui2

 

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