Exención FCT Formación en Centros de Trabajo - LOGSE / Exención FFE Fase de Formación en Empresa - LFP
Requisitos y tipos de exenciones
Requisitos: Acreditar una experiencia laboral mínima de un año a tiempo completo, o su equivalente, que se corresponda con la formación cursada. A estos efectos se podrán aportar la experiencia laboral de los cinco años anteriores.
Tipos de exenciones: Se podrá conceder una exención total o parcial, atendiendo a las tareas profesionales desempeñadas por la persona en formación y su grado de coincidencia con los resultados de aprendizaje asignados al periodo de empresa u organismo equiparado.
Se adjuntará solicitud y documentación justificativa según los siguientes MODELOS:
Formación en Centros de Trabajo (CAE y Dietética)
Exención FFE Fase de Formación en Empresa ( Resto de ciclos)
Documentación para justificar la experiencia laboral
a) Para trabajadores o trabajadoras asalariados:
1.º Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social, donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el período de contratación.
2.º Contrato de trabajo o certificación de la empresa donde hayan adquirido la experiencia laboral, en la que conste específicamente la duración de los periodos de prestación del contrato, la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo en el que se ha realizado dicha actividad.
b) Para trabajadores o trabajadoras autónomos o por cuenta propia:
1.º Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina de los períodos de alta en la Seguridad Social en el régimen especial correspondiente.
2.º Descripción de la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que se ha realizado la misma.
Plazo: Desde el momento de formalización de matrícula hasta un mes antes de la fecha prevista para el inicio de la formación en empresa u organismo equiparado.
La persona titular de la dirección del centro educativo resolverá de acuerdo con la documentación aportada por la persona solicitante y la valoración que realice el equipo docente del centro, una vez que se hayan cumplido los requisitos para acceder a dichas prácticas.
ORDEN EDU/173/2025, de 20 de febrero, por la que se desarrolla la formación en empresa u organismo equiparado, para las ofertas de formación profesional de los grados D y E del Sistema de Formación Profesional en la Comunidad de Castilla y León. Artículo 8. Exención de la fase de formación en empresa u organismo equiparado.
Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional. Artículo 131, 161.y Artículo 177. 3.
Información sobre exención en la web de educación de la Junta de CyL ![]()
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